Seguros de coches y automóviles
El seguro de automóvil es aquel contrato de seguro que cubre los riesgos derivados de accidentes producidos a consecuencia de la circulación de vehículos.
En todo contrato de seguro de auto se diferencian tres figuras:
- Tomador; persona física o jurídica que contrata el seguro.
- Propietario; persona física o jurídica titular del vehículo asegurado.
- Conductor del vehículo.
Existen dos modalidades de contratación del seguro.
Por una parte se encuentra el seguro obligatorio, seguro de obligada contratación para el propietario del vehículo, que cubre la responsabilidad civil por daños materiales y personales causados a terceros con motivo del uso y circulación del vehículo, hasta la cuantía legalmente establecida. Quedando también, incluida en esta modalidad la defensa jurídica hasta los límites establecidos en póliza.
Por otra parte, nos encontramos con las garantías de suscripción voluntaria que abarcan una gran variedad de coberturas, entre las que se encuentran las siguientes:
- Responsabilidad civil voluntaria: cubre las indemnizaciones a terceros que excedan de las cantidades del seguro obligatorio.
- Seguro de accidentes; indemnización que percibirá el conductor en caso de fallecimiento o invalidez permanente, como consecuencia de un accidente con lesiones corporales. Se puede establecer también para el resto de los ocupantes.
- Protección jurídica: se garantiza la defensa penal así como la constitución de fianzas en causa criminal por hechos derivados de la circulación que tengan su origen en siniestros cubiertos por la responsabilidad civil, así como la reclamación de u causados por terceros. Defensa en infracciones administrativas de tráfico y asistencia jurídica telefónica.
- Rotura de lunas, se cubre los gastos de reposición y colocación por rotura fortuita.
- Incendio: daños producidos al vehículo por incendio, explosión o caída de rayo.
- Robo: se indemniza el robo y su tentativa, tanto del vehículo como partes del mismo.
- Pérdida total por robo, daños o incendio: se garantiza una indemnización para aquellos casos en que el vehículo sufra daños cuya reparación se considere pérdida total y tenga su origen en un accidente ajeno a la voluntad del conductor.
- Daños propios: daños que pueda sufrir el vehículo por causa de vuelco, accidente, choque, caída, hecho mal intencionados, incendio, explosión o caída de rayo. Esta cobertura se puede limitar estableciendo una franquicia.
- Daños por colisión con animales: se cubrirán siempre que se presente atestado policial que determine que la responsabilidad no corresponde al conductor.
- Asistencia en viaje; incluye tanto garantías referentes al vehículo como remolcaje, ayuda en carretera, rescate como a las personas traslado y repatriación, asistencia sanitaria y médica…
El ámbito territorial de aplicación se circunscribe a aquellos vehículos con estacionamiento habitual en España, con las peculiaridades propias de cada una de las garantías.
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