Persona natural o jurídica que realiza profesionalmente la mediación de seguros. - En España se clasifican en agentes y corredores. No pueden asumir directa o indirectamente la cobertura de ninguna clase de riesgos ni tomar a su cargo, en todo o en parte, la siniestralidad objeto del seguro, siendo nulo todo pacto en contrario. (Véanse agente de seguros, corredor de seguros, mediación de seguros y producción de seguros.)
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